Novedades al volante

Tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ayer martes 24 de noviembre, desde hoy entra en vigor la nueva Ley de Tráfico con importantes novedades sobre el carné por puntos. De acuerdo con lo aprobado por el Congreso de los Diputados el pasado 29 de octubre, hasta siete infracciones al volante dejan de restar puntos a los conductores aunque seguirán multándose económicamente.

Concretamente, desde hoy no restan puntos acciones como: conducir de forma negligente, aparcar en el carril bus, conducir sin el alumbrado cuando sea obligatorio, circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté prohibido hacerlo, conducir con un vehículo con una ocupación que suponga aumentar un 50% o más el número de plazas autorizadas, aumentar la velocidad para evitar ser adelantado, o parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o a los peatones. No obstante, ninguna de estas conductas se librará de su consiguiente sanción económica.

También se elimina la suspensión temporal del carné como castigo administrativo, por lo que a partir de hoy la única forma de perder el permiso de conducir será por agotar todo el saldo de puntos –con el resto de infracciones que siguen restando- o porque lo retire un juez.

Por otra parte, la Dirección General de Tráfico tendrá que archivar todos los expedientes de multas que hayan sido recurridos por alguna de las infracciones que dejan de restar puntos.

Si bien estas novedades ya suponen un cambio importante respecto a la Norma hasta ayer vigente, hasta dentro de seis meses no se aplicará la mayor parte de la nueva Ley como el descuento del 50% por pronto pago o las nuevas sanciones, como la utilizar inhibidores de radar o manipular la matrícula para que no se vea, ambas multadas con 6 puntos y 6.000 euros.

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