¿Cuánto pagarán los dependientes por las ayudas?

Desde que hace casi dos años comenzara su andadura la Ley de Dependencia, estaba pendiente desarrollar dos de sus puntos fundamentales: establecer los criterios necesarios para la acreditación de los centros asistenciales, garantizando con ello la cualificación del personal y la calidad de los servicios que se prestan, y fijar el copago de servicios por parte de los usuarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Finalmente, la semana pasada el Consejo Territorial de la Dependencia, en el que se reúnen los representantes de la Administración Central, Comunidades Autónomas y de la Federación de Municipios y Provincias, logró ponerse de acuerdo.

Según los textos firmados en la reunión de Consejo Territorial, aquellos beneficiarios de la ley cuya renta sea inferior o igual a los 516,90 euros -Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)- quedarán exentos de cualquier copago de los servicios que reciban (excepto si se les concede una plaza en un geriátrico). En estos casos las Comunidades Autónomas deberán otorgar en el cien por cien de la cuantía de la prestación establecida.

En cuanto a los dependientes con una renta superior a los 516,90€, pagarán una parte del servicio que reciban según su propia renta y patrimonio, no la de la unidad familiar. Serán las Comunidades Autónomas las que determinarán la capacidad económica del beneficiario y fijarán los índices de reducción teniendo en cuenta que, según el acuerdo de copago, nunca se pagará a los dependientes menos del 40% de las prestaciones económicas previstas por la ley y que los cuidadores familiares nunca cobren menos del 75% de la ayuda correspondiente. Igualmente, a la hora de calcular las aportaciones que deban hacer los beneficiarios de las prestaciones y servicios no se tendrá en cuenta la vivienda habitual del usuario, que sólo computará en la renta cuando se le otorgue una plaza de residencia (o la prestación económica vinculada a este servicio) y siempre en el caso de que en ella no viva el cónyuge, hijos menores, discapacitados o familiares a cargo del anciano.

En esta reunión, el Consejo Territorial de la Dependencia también acordó cuáles van a ser los criterios comunes a seguir para la acreditación de los centros y servicios del Sistema de Dependencia con los que se pueda garantizar una atención de calidad. Serán las Comunidades Autónomas, las encargadas de acreditar a los centros y servicios para que formen parte de la red del sistema. Para obtener esta acreditación, los centros deberán cumplir una serie de requisitos de calidad en los recursos materiales y equipamientos de los servicios, en la capacitación, cualificación y número de los profesionales que presten estos servicios, y en la accesibilidad de los citados centros, entre otros ámbitos de actuación.

Al término del Consejo Territorial la ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera ha asegurado que con este acuerdo “culmina el desarrollo normativo de la Ley de Dependencia”, que se aprobó hace casi dos años y que no había logrado el consenso en estos dos temas.

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