Actualmente en España se puede contraer matrimonio legal a partir de los 14 años de edad. Sin embargo, tanto Naciones Unidas, como otros organismos internacionales, recomiendan elevar esta edad hasta los 16 años, una cifra con la que los expertos en materia de protección de la infancia se sienten mucho más a gusto.
Dejando de lado el -cuanto menos- polémico tema de si el Estado debe realmente legislar sobre cuestiones que afectan tan de pleno a la libertad y la individualidad del hombre, está claro que es prioritario proteger a los menores. La pregunta es, ¿protegerlos de qué? Hasta el momento, es legal mantener relaciones sexuales consentidas a partir de los 13 años, aunque, para casarse, haya que esperar un año (dentro de poco quizá tres). También, con 13 años, se tiene libre acceso a la píldora del día después sin necesidad de receta médica. Con 16 años no se puede fumar ni beber cerveza, aunque uno puede someterse a una operación de cirugía estética y abortar sin el consentimiento paterno; eso sí, nada de hacerse tatuajes. Este baile de cifras, además de contradictorio, nos demuestra que no hay un criterio claro por parte del Gobierno sobre dónde está la línea divisoria entre el niño y el adulto. Parece indicarnos que las jóvenes de 13 años son mujeres para el sexo, pero niñas para el matrimonio.
En cualquier caso, los datos españoles referentes a lo que podríamos denominar como “matrimonios precoces” no son muy preocupantes. En 2009, tan sólo hubo seis enlaces en los que uno de los contrayentes tenía menos de 16 años y, en la mayoría de los casos, se trata de matrimonios dentro razas o culturas donde esto es una práctica habitual, como sucede con los gitanos.
La Ministra de Sanidad, Leire Pajín, considera “razonable” modificar la edad mínima para contraer matrimonio establecida actualmente, en pos de homologar la edad de toma de decisiones de los menores; aunque ha señalado que esta reforma no se llevará a cabo durante la actual legislatura.









