Diferencias entre nuda propiedad y usufructo

Siguiendo la línea de la pasada semana, queremos seguir adentrándonos en la temática del mundo inmobiliario, tratando asuntos que pueden resultar muy interesantes de conocer. Comenzamos. ¿Por qué se llama “nuda” propiedad? Se habla de nuda propiedad porque ésta está desnuda, es decir, el nudo propietario está en posesión de un bien, pero no lo puede utilizar ni disfrutar. Por tanto, en la nuda propiedad no hay derecho de usufructo. La nuda propiedad es el derecho de una persona a ser el dueño de una cosa. El nudo propietario tiene el dominio sobre la cosa, pero no el uso y disfrute o usufructo. 

Debemos subrayar la diferencia entre nuda propiedad y usufructo, puesto que son derechos distintos. Tener la propiedad de una cosa no quiere decir que se pueda disfrutar de ella; ya que el nudo propietario será el titular del bien, pero no podrá gozar de él, ni tampoco explotarlo para obtener beneficios económicos. El experto inmobiliario, Eduardo Molet, afirma rotundamente que una de las partes más beneficiosas de la venta de la nuda propiedad es que los derechos de goce y explotación económica del bien le corresponderán al usufructuario. Es decir, una vez que vendes la nuda propiedad de tu casa, luego puedes alquilarla a una tercera persona. 

Eduardo Molet nos cuenta multitud de casos reales, casos muy variados que os resultarán muy interesantes, y que ampliaremos próximamente; por ejemplo, un matrimonio que pasados los 70 deciden vender la nuda propiedad de su vivienda y seguidamente alquilarla; y con los beneficios obtenidos de la venta más el alquiler mensual deciden irse a vivir con su hijo y ver crecer a sus nietos de cerca, ya que éstos viven en otra ciudad; o el caso de una mujer viuda que un día decidió vender la nuda propiedad de su casa, y con la suma obtenida, eligió una residencia lujosa en la sierra, donde sabía que sería atendida y cuidada fenomenalmente.

Nuda propiedad y usufructo

Como decía anteriormente Eduardo Molet: “El nudo propietario será el dueño de la cosa, aunque con la limitación de no poder gozar del bien. No obstante, el derecho de usufructo es temporal, es decir, llegará un momento en el que el usufructo finalice”. Generalmente, el derecho de goce termina cuando fallece el usufructuario. Al morir el usufructuario, el nudo propietario recuperará la propiedad plena de la cosa. Es por ello que Eduardo Molet cree interesante recordar cuáles son los derechos y obligaciones del nudo propietario.

 

Aprovechamos para recordaros el vídeo que compartimos en Facebook la pasada semana, en el que se explica qué es la nuda propiedad de manera sencilla ¡y en menos de un minuto!

La próxima semana os hablaremos de cómo cambió la vida de Mercedes. ¡Hasta entonces!

Actualizado: 26 de octubre de 2017

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