Transparencia en las facturas de la luz

Las reclamaciones a las organizaciones de consumidores por los cobros excesivos que les llegan a miles de familias en la factura de la luz crecen cada mes desde que el año pasado se aplicase la facturación mensual por parte de las compañías eléctricas. Demandando esta situación, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha pedido al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la suspensión de esta normativa ”a raíz de los problemas generados por el nuevo sistema de facturación mensual del recibo de la luz”.

Según esta Organización, lo ”confuso e incompleto” de esta normativa, en vigor desde junio de 2008, ha permitido a las compañías suministradoras llevar a cabo estimaciones favorables a sus intereses y en perjuicio de los consumidores. Unas irregularidades que también han sido denunciadas por Facua-Consumidores en Acción ya que, según esta asociación, se ha encarecido una media de 1, 98 euros cada recibo de la luz. Además, consideran que la desinformación provocada por esos recibos en los últimos meses ha inducido a consumir más en lugar de alertar sobre posibles consumos por encima de 500 kWh mensuales, penalizados desde julio con un recargo.

La respuesta del Ministerio de Industria no se ha hecho esperar, aunque no en el sentido en que reclamaban las organizaciones de consumidores, y prepara una resolución para fijar unos criterios únicos para que todas las eléctricas facturen la luz consumida de la misma manera. Si bien las organizaciones reivindican la vuelta al cobro bimestral, mientras no se instalan equipos de telemedia en los hogares españoles que realicen una medida exacta evitando las estimaciones, el Ministerio pretende marcar cinco criterios comunes para el cobro.

En primer lugar, las facturas serán mensuales aunque las lecturas de los contadores serán bimensuales. Por tanto, la factura del primer mes será una estimación y la segunda una lectura real a la que se le sumará o restará de la estimación anterior. A partir del 1 de marzo todas las compañías deberán realizar las estimaciones con las mismas condiciones: la estimación del primer mes ser llevará a cabo a partir del consumo real del mismo mes del ejercicio anterior, dividido entre el número de días de aquel mes y multiplicado por el número de días de la actual facturación; no se imputará el recargo sobre exceso de consumo a las facturas realizadas sobre estimaciones, sino sobre la factura real; en los recibos del primer mes debe figurar si su cálculo es estimado y en el segundo mes, se liquidarán las diferencias entre el importe real y el estimado.

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