Acaba con el spam telefónico

Seguro que en más de una ocasión ha recibido en el momento menos oportuno una llamada ofreciéndole algún tipo de servicio en oferta, especialmente las relacionadas con las compañías telefónicas, aunque también son muy proclives a esta actividad las aseguradoras junto a otras empresas dedicadas a la venta de diferentes productos y servicios. Son llamadas que se realizan de forma masiva a potenciales usuarios / clientes y se conoce como spam telefónico.


 


Aunque las llamadas de teleoperadores a domicilio o a móviles para informar sobre nuevos productos, promociones, etc. están permitidas al no ser una actividad ilegal, hay una serie de prácticas que no están permitidas y que deben ser conocidas por los usuarios. Por ejemplo, se considera es desleal realizar propuestas no deseadas y reiteradas por teléfono, fax y otros medios de comunicación a distancia, salvo que esté justificado legalmente para hacer cumplir una obligación contractual. Tampoco se permite que las empresas utilicen un número no identificable (aparece en la pantalla de nuestro teléfono como ‘número oculto’) para promocionar sus servicios por teléfono. No está permitido que en la pantalla


 


La ley 29/2009  protege del marketing telefónico a los consumidores, pero sin embargo son pocos los que la conocen, lo que unido a un sentimiento de falta de respaldo desde el sistema de reclamaciones ha hecho que muchos hayan desistido de presentar sus quejas y que la ley no haya supuesto una verdadera mejora para los afectados por el spam telefónico.


 


Pero frente a la resignación de soportar estas llamadas tediosas a horas en ocasiones de lo más inadecuadas y que en ocasiones es todo una acción de ‘acoso y derribo’, podemos librarnos de ellas con algunas fórmulas nada complicadas y de forma gratuita. Por ley, los empresarios y profesionales que desarrollan estas ‘campañas’ están obligados a que en estas comunicaciones también se faciliten a los consumidores los sistemas que permitan al consumidor dejar constancia de su oposición a recibir más propuestas comerciales de esa empresa, de modo que si indicamos que no deseamos recibir más llamadas, nuestra petición deberá quedar registrada y la empresa tendría que aceptarlo y no volver a molestar. Sin embargo la experiencia demuestra que esto no funciona en la mayoría de los casos, por lo que una alternativa es preguntar el nombre del teleoperador y pedirle que nos incluya en el archivo de personas que no desean recibir publicidad de su empresa y avisarle de que si llaman una segunda vez tenemos el derecho de poner una denuncia. En este caso, desde la Agencia de Protección de Datos y los organismos de consumo municipales, autonómicos o estatales podremos informarnos sobre cómo hacer la reclamación, que en los casos más graves pueden suponer una sanción de hasta 600.000 euros. 


 


Hay que tener claro que de nada sirve colgar el teléfono o no atender la llamada cuando reconocemos una de estas llamadas. Tampoco sirve de mucho decir que el producto no interesa o que ya tenemos lo que se nos ofrece (nos tratarán de mejorar las condiciones).


 


En cualquier caso el método más efectivo parece ser el de inscribirse en el servicio de exclusión publicitaria de la Lista Robinson, en la que pueden apuntarse las personas que quieran ser excluidas de las comunicaciones comerciales de las empresas de las que son clientes. La mayoría de las grandes empresas que utilizan el telemarketing para dar a conocer sus promociones están adheridas a estas listas y se comprometen a no enviar publicidad a los inscritos en ellas. La solución no es inmediata y habrá que dejar transcurrir algo más de un mes, ya que las empresas que utilizan estos archivos los consultan cada cierto tiempo, pero no a diario.  Además, al inscribirnos en estas listas podemos elegir también que nos deje de llegar publicidad por otros medios como sms, los mms, el spam a través del correo electrónico o postal.

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